Bonificación de intereses y otros gastos generados en operaciones financieras PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS
AYUDAS PARA BONIFICAR LOS INTERESES GENERADOS POR LAS OPERACIONES FINANCIERAS FORMALIZADAS POR PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS, EMPRESARIOS INDIVIDUALES, PROFESIONALES INDEPENDIENTES, Y AUTONOMOS PARA LA OBTENCION DE LIQUIDEZ Y/O REALIZACION DE INVERSION.
BENEFICIARIOS
Personas físicas y jurídicas, PYMES, profesionales independientes, empresarios individuales, comunidades de bienes, sociedades civiles, ESPJ u otras entidades sin personalidad jurídica, con centro de trabajo en la capital de Salamanca. Los socios o comuneros no podrán solicitar esta subvención a título individual.
CUANTÍA
Importe Máximo de 2.000 euros.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
1. Coste efectivo de los intereses, hasta 2,25 puntos de interés, del préstamo para liquidez y/o inversión, o crédito para liquidez.
2. Comisión de apertura de préstamo o crédito, con la limitación del 1%.
3. Gastos de novación en los préstamos asociados a la obtención de liquidez necesaria para afrontar la crisis por el covid-19, hasta un máximo del 1%.
4. Gastos derivados de la intervención notarial, con la limitación de 3 por 1.000
REQUISITOS Y CARACTERÍSTICAS
Las operaciones de préstamos deben formalizarse entre el 14 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2022. Las operaciones de novación de préstamos y/o crédito, vinculados a la línea ICO-COVID, deben formalizarse entre el 14 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021. Y las operaciones de crédito, formalizadas entre el 14 de marzo de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021. En el caso de los préstamos la cantidad destinada a intereses se anticipará al beneficiario año a año hasta un máximo de dos ejercicios; en el supuesto de líneas de crédito se abonará a ejercicio vencido, previa justificación de los intereses efectivamente pagados. Será necesaria la presentación de las facturas y justificantes de pago en el momento de la solicitud, NO SIENDO ADMITIDAS FACTURAS POSTERIORES A LA SOLICITUD, así como certificado emitido por la entidad acreditada de los intereses o en su defecto póliza de la operación.
COMPATIBILIDAD
Compatible con otras modalidades de ayudas promovidas por el Ayuntamiento de Salamanca, hasta un máximo de 6.500 euros, excepto con la línea municipal de IBERAVAL, pudiendo ser compatible con otras Administraciones para el mismo fin (siempre que no se supere entre todas el 100% del coste soportado por el beneficiario en los conceptos subvencionables).
volver