DESCRIPCIÓN DE LA BUENA PRÁCTICA
Se citan a continuación tres prácticas diferentes de conciliación personal, familiar y laboral dentro de la empresa.
• Flexibilidad temporal: los/as trabajadores pueden decidir su horario
de trabajo adaptándolo a sus necesidades personales, teniendo en cuenta que la empresa debe tener cubierto con servicios mínimos de atención al público, el horario de 8:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.
• Flexibilidad espacial: los/as trabajadores/as tienen la posibilidad de teletrabajo previo acuerdo con la dirección. En ciertos casos, la empresa también facilita los medios técnicos necesarios: ordenadores portátiles y conexión a Internet.
• Permisos especiales para formación o conciliación: son permisos no retribuidos de una duración mínima de quince días y máxima de cuatro meses que se conceden, bajo petición al jefe de administración, a todos/as los/as trabajadores/as del GRUPO
EVENTO.ES que tengan un contrato indefinido y una antigüedad superior a un año. Las causas contempladas para solicitar este tipo de permiso son:
• Períodos voluntarios de formación.
• Conciliación de la vida laboral y familiar.
OBJETIVOS Y OBSERVACIONES
El motivo de la flexibilización del horario y la flexibilidad especial ha sido el fomentar que los/as trabajadores/as puedan compatibilizar su vida personal, familiar y laboral.
RESULTADOS OBTENIDOS
Estas medidas se han implantado en toda la plantilla. A través de ellas, se ha conseguido optimizar el tiempo de trabajo y también el de ocio de las personas trabajadoras.
A la empresa se le ha otorgado el certificado de Empresa Familiarmente Responsable (EFR) que demuestra el compromiso con la igualdad y la conciliación. Los resultados de estas medidas se evalúan periódicamente a través de los indicadores de la certificación EFR.