7 de mayo de 2015
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta orden las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles, que formalicen contratos indefinidos ordinarios en centros de trabajo de Castilla y León, con personas que cumplan los requisitos para poder ser destinatarios de dichas contrataciones. Las empresas o entidades solicitantes deberán tener menos de 100 trabajadores de alta en los códigos de cuenta de cotización de la provincia donde se vayan a prestar los servicios, en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención. Asimismo, el índice de temporalidad de las empresas o entidades solicitantes ha de ser inferior al 20% en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.
Subvenciones fomento empleo estables Jóvenes Sist. Nacional de Garantía Juvenil 07/05/2015 Subvenciones fomento empleo estables Jóvenes Sist. Nacional de Garantía Juvenil 2.32 Mb
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