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4 de mayo de 2020

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN PUBLICA AYUDAS A TRABAJADORES AFECTADOS POR ERTE


LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN PUBLICA LA LÍNEA DE AYUDAS DESTINADAS, EN EL ÁMBITO DE CASTILLA Y LEÓN, A PERSONAS TRABAJADORAS AFECTADAS POR EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO DE SUSPENSIÓN DE CONTRAATOS DE TRABAJO O REDUCCIÓN DE LA JORNADA COMO CONSECUENCIA DEL COVID-19


Beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarios las personas trabajadoras, incluidos los fijos discontinuos,que cumplan los siguientes requisitos:

a)Estar afectadas por expedientes de regulación de empleo, de suspensión decontratos de trabajo o reducción de la jornada, incluidos los fijos discontinuos,resueltos al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que sedeclara el estado de alarma, para la gestión de la situación de crisis sanitariaocasionada por el COVID-19, así como por posteriores modificacionesal mismo, y durante el período que dure el expediente de suspensión oreducción de jornada que el estado de alarma ha provocado, sin perjuicio delo establecido en la Base cuarta apartado 4.

b)En el caso de los expedientes de regulación de empleo, de suspensiónde contratos de trabajo o reducción de la jornada por causas técnicas,organizativas, económicas o de producción se requiere que el período de consultas, o bien el procedimiento de mediación o arbitraje, haya concluido con acuerdo entre las partes, derivados del estado de alarma.

c) Personas trabajadoras con contrato indefinido fijo discontinuo, que hayan sido interrumpidos sus contratos o que se encuentren en período de inactividad productiva, a la espera de la llegada de la fecha en la que procederá su llamamiento y reincorporación efectiva, aplazada como consecuencia de la crisis del COVID-19.


Requisitos:

a) Que el o los expedientes de regulación de empleo afecten, dentro del período subvencionable, a trabajadores de centros de trabajo de hasta 250 trabajadores en el ámbito de Castilla y León.

b) Que la base reguladora de contingencias comunes incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias no superen los 1.600 euros, o la cantidad proporcional en los supuestos de personas trabajadoras vinculadas a la empresa por contrato de trabajo a tiempo parcial.

c) Tener reconocidos por el Servicio Público de Empleo Estatal la prestación pordesempleo derivada del expediente de regulación de empleo, de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada.

Cuantía

1. Las ayudas económicas se devengarán por jornada laborable completa de suspensión. Cuando en el expediente de regulación de empleo se acuerde la reducción de la jornada laboral o cuando la suspensión o reducción de jornada sea irregular a lo largo del año, se traducirá el total de horas de suspensión o de reducción a jornadas completas

2. Su cuantía se fijará en 7 euros por jornada completa efectiva de suspensión de contratos o 210 euros al mes en el caso de estar afectado por la suspensión de contratos durante un mes.

3. La ayuda se extenderá a todas las jornadas laborables completas de suspensión o reducción, comprendidas desde el inicio de la declaración del estado de alarma y posteriores prórrogas y durante el período que dure el expediente de suspensión o reducción de jornada que el estado de alarma ha provocado, o hasta el 30 de septiembre de 2020 si dichos efectos son posteriores a esa fecha.


Presentación.

1. La empresa afectada por el expediente de regulación de empleo a causa del Covid-19, en calidad de representante de las personas trabajadoras afectadas por el mismo, presentará un único documento que conlleva las solicitudes de todos ellos, debidamente cumplimentado en el modelo normalizado que se establezca en la convocatoria, y en sucaso, junto con los demás Anexos que han de acompañarle y que se encuentran a sudisposición en la sede electrónicahttps://www.tramitacastillayleon.jcyl.es

2. Las solicitudes deberán cursarse únicamente de forma electrónica.

3. El período de presentación de solicitudes será aquel que establezca la orden deconvocatoria.

En el siguiente enlace pueden encontrar el extracto con todas las características de estas ayudas. Este es un resumen orientativo, pero habrá que cumplir todo lo dispuesto en estas bases reguladoras, y en la convocatoria en el momento en que sea publicada:
http://bocyl.jcyl.es/boletines/2020/04/30/pdf/BOCYL-D-30042020-4.pdf

No dudes en contactar con nosotros a través de promocioneconomica@aytosalamanca.es




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